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Comisión 4 - Dictamen Expediente Nº 227/2017 Imprimir Correo electrónico

D I C T A M E N

De la Comisión de PRESUPUESTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 04 de Diciembre de 2017, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Departamento Ejecutivo y cuyo motivo es: Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, correspondiente al Ejercicio año 2018.

 

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente:

 

D E S P A C H O

Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación en General del presente proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo, referido al Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué, correspondiente al Ejercicio año 2018 y se sugiere en Particular, en lo concerniente a la “Ordenanza Complementaria del Presupuesto”:

 

a)   El rechazo del Artículo 11; (y en consecuencia, se dispone modificar los números correlativos de los artículos que siguen).

 

b)   La modificación del Inciso A) del Artículo 13, el que quedará redactado de la siguiente manera:

A)Bonificación por presentismo:

Equivalente al 20 % (veinte por ciento) del sueldo básico. Quedan comprendidos dentro de este régimen especial, las siguientes categorías de personal: Jefe de División, Jefe de Departamento, técnico, administrativo, obrero, de servicio, de enfermería, mucamas y choferes. Para tener derecho a percibir la bonificación establecida en el presente artículo, el trabajador municipal deberá cumplir con: asistencia perfecta y puntualidad estricta en los horarios de trabajo.

No perderán el derecho a esta bonificación, los trabajadores que faltaren a sus tareas por los siguientes motivos:

 

1. Por licencia por descanso anual.

2. Por accidente de trabajo.

3. Por matrimonio.

4. Por maternidad.

5. Por fallecimiento de ascendiente, descendiente o conyugue.

6. Por el día de su cumpleaños.

7. Por enfermedad. (por el plazo de 48 hs hábiles justificadas)

Los motivos mencionados precedentemente se regirán por las licencias establecidas mediante la Ley Nº14.656, sus modificatorias o aquella ley que la reemplace.-

 

c)   La modificación del Inciso Q) del Artículo 13, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Q) Bonificación de sueldo

Se otorgará una bonificación de $ 570,00 (pesos quinientos setenta) para todos los trabajadores municipales excluyendo los de carácter político y los pertenecientes a la carrera Médica Hospitalaria, que tendrá carácter de no Remunerativa”

 

 

 

Firman los concejales:

Cicala                   Masagué                  Torre

      

    

      

      

     

 

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