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Decreto Nº 0002/2002 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
0002/2002
2
2002-04-08
02/2002

ARTICULO 1°) - El Honorable Concejo Deliberante sesionará por lo menos una vez por año en alguna de las localidades del Partido de 25 de Mayo que se detallan: Del Valle, Mosconi, Norberto de la Riestra, Pedernales, San Enrique, Ugarte y Valdés.
ARTICULO 2°) - Utilizarán para ello el espacio físico más apropiado de cada localidad (instalaciones de la Delegación Municipal, Sociedad de Fomento, Escuela, Club, etc.
ARTICULO 3°) - Los gastos de traslado de los Ediles serán cubiertos por ellos mismos, sin incurrir en mayores costos para las arcas públicas.
ARTICULO 4°) - Las sesiones en las localidades mencionadas se realizarán indefectiblemente. Existan o no temas relativos a esa población.
ARTICULO 5°) - Las mismas serán públicas y previo a las mismas se dará amplia difusión en la localidad que le corresponda de los temas a tratar, invitando a concurrir a la población.
ARTICULO 6°) - Autorízase a la Presidente del Honorable Concejo Deliberante a implementar los mecanismos para el cumplimiento del presente Decreto.
Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
 

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