Decreto Nº 05/2016 |
Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 09 de Mayo de 2016 Artículo 1º:Declárese de Interés Legislativo la Ley Nacional N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar. Artículo 2º:Dese conocimiento del presente Decreto a las entidades de nuestro medio relacionadas con la temática del mismo. Artículo 3º:Envíese copia del presente Decreto al Departamento Ejecutivo. Artículo 4º:Envíese copia a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, solicitando que se expidan en el mismo sentido. Artículo 5º:Los Vistos y Considerandos forman parte del presente Decreto. Artículo 6º:Comuníquese, Regístrese y Archívese.
VISTO: La Ley Nacional N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar, y
CONSIDERANDO: Que si tenemos en cuenta que el 65% de los productores de nuestro país se consideran agricultores familiares y generan el 20% de nuestro producto bruto agropecuario, Que se considera que el 60% de los alimentos que llegan a nuestra mesa son producidos por agricultores familiares, Que es el agricultor/a familiar quien dinamiza las pequeñas economías generando mano de obra, produciendo de manera diversificada, resguardando y manteniendo la variedad de las especies autóctonas y nativas, y son los que trasfieren de generación en generación las prácticas, las técnicas, las creencias, los valores y saberes, siempre cuidando el medio ambiente, Que el agricultor familiar y las agricultoras familiares son los que promueven el consumo local, promueven el arraigo rural y son, sobre todo, los garantes de la soberanía alimentaria, Que es sumamente necesario visibilizar a este sector que por años ha permanecido oculto, Que los gobiernos deben dar la real importancia al sector, procurando otorgarle los derechos que le permitan crecer y desarrollarse, Que la Ley de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar considera fuertemente al agricultor/a familiar como sujeto de derecho.
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