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Resolución Nº 002/2017 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 24 de Abril de 2017

REF. EXPTE. Nº 299/2016, Nº 09/2017 y Nº 29/2017

Artículo 1º:Solicita al Ejecutivo Municipal tenga en consideración el Decreto Provincial N° 8996/86 que coloca a la paloma urbana dentro de la caza plaguicida, especie dañina y perjudicial en su Artículo N° 5º inciso D, Apartado 2 y a la Ley Provincial N° 5786 Artículo N° 2 Apartado C que permite la caza de las especies dañinas en toda época del año.

Artículo 2º:Se sugiere al EjecutivoMunicipal que al momento de planificar estrategias para combatir dichas especies consideradas plagas dañinas y perjudiciales, para el género humano, lo haga combatiéndolas y cazándolas como tal, pensando en favor de la salud de la población y el cuidado del medio ambiente evitando el uso de productos tóxicos.

Artículo 3º:Los Vistos y Considerandos forman parte del presente proyecto de Resolución.

Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

VISTO:

El Decreto Provincial N° 8996/86 (Artículo N° 5 inciso D, caza plaguicida, Apartado Nº 2 especies dañinas o perjudiciales), la Ley N° 5786 (Artículo N° 2 Apartado C, la caza en toda época del año de especies consideradas plagas y las circunstancialmente consideradas perjudiciales o dañinas por el Poder Ejecutivo), y

 

CONSIDERANDO:

Que las palomas son aves que por naturaleza tienden a agruparse, lo que provoca que vivan en bandadas, es decir, grandes concentraciones de aves. Estas suelen alojarse en puntos transitados de las ciudades, porque es allí, donde pueden conseguir alimento, sin tener que competir con otros animales. Esto provoca que su número aumente muchísimo, porque no tienen muchos depredadores. Además, cuentan con los recursos más importantes para reproducirse, alimentación y refugio.

Que como sabemos desde hace años se combate la paloma urbana porque, pueden transmitir enfermedades. Estas se denominan zoonosis. Las mismas representan aquellas afecciones que pueden ser contagiadas por animales enfermos a hombres o viceversa. Estas se clasifican en diferentes tipos y puede ser de origen: viral, bacteriano o micótico (hongos).

Que los individuos más expuestos son “los inmunocomprometidos”. Es decir, aquellas personas que ven su sistema inmunológico afectado como los diabéticos, enfermedad pulmonar crónica, y otros.

Que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla.

Que las palomas son una plaga considerada dañina y perjudicial que ocasiona varios males, el primero evidente, el deterioro de las estructuras, ya que, tienen un ácido corrosivo en sus excrementos que daña edificios, coches, ropa, pintura, etc. El segundo mal llega con el tiempo, pues, las deposiciones de las palomas son las causas de innumerables enfermedades en los seres humanos.

Que excediendo a la cuestión estética, higiénica, de uso del espacio verde, estamos poniendo de manifiesto un tema de salud de la población.

 

 

Cecilia Vanesa Pezzelatto
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Diego Miguel Di Salvo
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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