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Resolución Nº 050/2016 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 11 de Julio de 2016

REF. EXPTE. Nº 096/2016

Artículo 1º:El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo proyecte y ejecute a la brevedad posible acciones para la erradicación de los vertederos de residuos a cielo abierto, en las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales.

Artículo 2º:Traslade o readecue los predios que actualmente emplea bajo criterios acordes a las leyes y reglamentaciones en vigencia sobre el particular.

Artículo 3º:Resuelva todo tipo de situación irregular de uso de predios para tratamiento y disposición de cualquier tipo de residuos.

Artículo 4º:Se Anexa fotos del estado actual del predio.

Artículo 5º:Los Vistos y Considerandos forman parte del presente proyecto de Resolución.

Artículo 6º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

VISTO:

El estado de los vertederos de residuos domiciliarios en las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales, y

 

CONSIDERANDO:

Que la crítica situación en la que se encuentra los vertederos municipales a cielo abierto es consecuencia de años de una deficiente e inapropiada gestión ambiental de los residuos generados en las localidades antes mencionadas, con el consecuente incremento del pasivo ambiental generado en ese sitio donde aquél está inserto.

Que este Honorable Concejo Deliberante es consciente de la gravedad del pasivo ambiental heredado de gestiones anteriores, que bajo el pretexto del “relleno” transformó estos terrenos bajos en vertederos de residuos.

Que esta crítica situación es causa de contaminación del medio ambiente, debido al inexistente tratamiento de los residuos sólidos urbanos generados en ambas Localidades.

Que en el caso del vertedero a cielo abierto de Norberto de la Riestra existe el reclamo del propietario del predio de que cesen las actividades en su propiedad y se las devuelva (Solicitado por Carta Documento del 6/11/2012 con acuse recibo Nº 1599.735 del 10-11-2012).

Que el principio de progresividad, que guía la interpretación y aplicación de las normas a través de la cual se ejecute la política ambiental, establece que los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.

Que la gestión pública ambiental requiere de un abordaje interdisciplinario, coordinado y transversal con las distintas áreas de gobierno.

Que el Municipio de 25 de Mayo debe cumplir con la normativa provincial y nacional al respecto (Ley Nacional N° 25916 – Gestión de residuos domiciliarios; Leyes Provinciales N° 11720 de tratamiento de residuos especiales y Ley N° 13592 de residuos sólidos urbanos).

Que los municipios quedan obligados a clausurar basurales a cielo abierto, conforme a los principios establecidos en la Ley Nacional N° 25.675, la Ley N° 11.723 y la reglamentación de la presente.

Que queda prohibida la quema a cielo abierto o cualquier sistema de tratamiento no autorizado por la Autoridad Ambiental Provincial.

 

 

Cecilia Vanesa Pezzelatto
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Diego Miguel Di Salvo
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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