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Ordenanza Nº 1331/1975 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1331/1975
1
1975-06-02

ARTICULO 1°: Autorízase a la Sociedad Patronal de Automóviles de Alquiler de 25 de Mayo, a aplicar a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, las siguientes tarifas:
Tarifa mínima $ 12.-
Su movimiento $ 3.-
La Lomita $ 15.-
Hospital y Cementerio ida $ 12.-
Servicio nocturno $ 13.-
Barrio San Pedro $ 13.-
Cementerio y Hospital con espera $ 20.-

Casamientos
Registro Civil $ 30.-
Iglesia $ 30.-
Fotografía $ 30.-
Servicio Completo $ 90.-

Servicio Fúnebre
En cortejo durante sepelio

Recorridos y esperas
Por hora $ 50.-
A B. Durañona y Cruce Ruta 51 $ 40.-Sociedad Rural $ 20.-cancha carreras $ 15.-
Viajes a distancia determinada
Por kms. tierra $ 5.-
Por kms. asfalto $ 4.-
La Plata $ 1000.-
Buenos Aires $ 900.-
Mercedes, Lobos, Las Flores $ 520.-
9 de Julio, G. Alvear, R. Perez $ 400.-
Del Valle $ 400.-
Chivilcoy $ 300.-
Alberti $ 280.-
San Enrique y Pedernales $ 300.-
Saladillo - Bragado $ 200.-
Mosconi - Morea $ 250.-
Norberto de la Riestra $ 250.-
La Palma - Mamaguita $ 200.-
Gobernador Ugarte - Valdés $ 200.-
Pueblitos y Quintana $ 200.-
M. Berraondo - L. Monteverde - S. Garbarini - Ortiz de Rosas - Araujo - Anderson y Miramar $ 125.-
Caminos en mal estado: Convencional.
Día de lluvia recargo del 25%.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a la sociedad recurrente.
Dado y firmado en la sala de la comisión a 26 días del mes de mayo de 1975.
Aidor A. Stronatti - Secretario - Florencio Aizaguer - Presidente Interino.
 

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