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Ordenanza Nº 1460/1979 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1460/1979
1
1979-11-27
609/79

ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados; la ejecución de las obras de alumbrado público a gas de Mercurio ensu apmliación y que afectará a los inmuebles ubicados en las cuadras que a continuación se detallan del Ejido de la Ciudad de 25 de Mayo:
Calle 1 de 27 a 28: 1 cuadra.
Calle 2 de 27 a 28: 1 cuadra.
Calle 3 de 27 a 28: 1 cuadra.
Calle 14 de 28 a 29: 1 cuadra.
Calle 15 de 28 a 29: 1 cuadra.
Calle 16 de 27 a 28: 1 cuadra.
Calle 17 de 27 a 28: 1 cuadra.
Calle 21 de 9 a 10: 1 cuadra.
Calle 23 de 6 a 8: 2 cuadras.
Calle 24 de 6 a 7: 1 cuadra.
Calle 25 de 6 a 7: 1 cuadra.
Calle 28 de 3 a 104: 6 cuadras.
Calle 28 de 15 a 18: 3 cuadras.
Calle 29 de 14 a 15: 1 cuadra.
Calle 35 de 9 a 10: 1 cuadra.
TOTAL: 23 cuadras.
ARTICULO 2°: El prorrateo del costo total de las obras a que se refiere el artículo anterior, se hará por frente, de acuerdo a los artículos 38° y 68° de la Ordenanza General N° 165.
ARTICULO 3°: El pago de las obras, a cargo de los frentistas afectados, podrá efectuarse al contado o a plazos de acuerdo con lo establecido en el artículo 45° de la Ordenanza General N° 165°.
ARTICULO 4°: Las obras se ejecutarán de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 9° Inciso c) de la Ordenanza General N° 165°.
ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, y publíquese.
Alfredo Julio Harris . Sec. Gob. y Hacienda - Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal.
 

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