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Ordenanza Nº 1614/1984 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1614/1984
1
1984-07-21

ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo deberá gestionar ante la Dirección Provincial de Vialidad, la realización de las obras y trabajos pendientes en el Cono Sur del Partido.
ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo deberá extremar los recaudos para concretar el negocio jurídico de las donaciones efectuadas con motivo del ensanche del camino, y eximir de las tasas municipales correspondientes a los frentistas donantes, por la parte cedida, gestionando también ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires similar exención en lo atinente al Impuesto Inmobiliario.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
 

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