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Ordenanza Nº 2112/1991 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2112/1991
1
1991-06-11
69/1991

ARTICULO 1°: Prorrógase por tres años el plazo establecido en el Artículo 2° de la Ordenanza N° 1919/88.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Hernán P. Muñoz - Secretario Legislativo - Miguel Angel Di Salvo - Presidente.
 

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