gototopgototop
Ordenanza Nº 2486/1997 Imprimir
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2486/1997
1
1997-04-14
10/1997

ARTICULO 1°: Ajústase el monto estimado de la Obra de Desagües Cloacales en Norberto de la Riestra según Ordenanza N° 2395/95, por el total y definitivo de $ 2.907.179,68. (PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS), resultante de la oferta adjudicada por el S.P.A.R. en la LIcitación Pública Provincial N° 262/95.
ARTICULO 2°: Establécese una financiación compartida del costo de la Obra, con fondos aportados por la Nación Argentina procedentes del préstamo otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), por un monto medio equivalente al setenta y nueve por ciento ( 79 %), (ochenta por ciento ( 80 %) menos uno por ciento (1 %) en concepto de comisión de inspección y vigilancia descontada por la citada entidad bancaria) y con fondos provenientes de un aporte local equivalente al veintiuno por ciento (21 %).
ARTICULO 3°: El préstamo otorgado por el B.I.D. será amortizado en ochenta (80) cuotas trimestrales a una tasa de interés variable semestralmente y contará con un período de gracia de 12 meses a partir de la iniciación de la obra.
Las cuotas de amortización se liquidarán por trimestre calendario y se harán exigibles noventa (90) días después. El Municipio se obliga a efectuar los pagos convenidos en las fechas pactadas, mediante depósito en la cuenta N° 418/7 del Banco de lqa Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 4°: Desístase totalmente del crédito ofrecido a este Municipio por el Banco Río de la Plata S.A. determinándose que el porcentaje del veintiuno por ciento (21 %) corrspondiente al aporte local de la Obra, será cubierto por el Municipio a través de trabajos equivalentes.
ARTICULO 5°: Determínase que el reintegro del préstamo se efectuará por pago de los vecinos beneficiarios de la Obra mediante el sistema de contribución de mejoras, que se abonará conjuntamente con la tarifa de operación del servicio.
ARTICULO 6°: La tarifa por la prestación del servicio será determinada por el Municipio una vez finalizada la Obra.
ARTICULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Juan Carlos D'Carlo - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente