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Ordenanza Nº 2585/1999 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2585/1999
1
1999-05-26
21/1999

ARTICULO 1º) Convalídase el CONVENIO DE INFRAESTRUCTURA suscripto por el Departamento Ejecutivo, representado en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Rubén O. Iturria, por una parte y con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por el Administrador General, Lic. Pablo Jorge Sanguinetti, mediante el cual el Instituto se compromete a asistir financieramente al municipio con la suma de pesos Veintitrés mil ochocientos diez con veinticuatro ctvos. ($ 23.810,24), para las Obras de Infraestructura para la ejecución de la Red de Distribución Externa del servicio de energía eléctrica para 71 viviendas, en el Partido de Veinticinco de Mayo en el marco del Decreto 9104 y sujeto a Resolución I. V. B. A. Nº 2511/95. PROGRAMA BONAERENSE VI-, el que se agrega como anexo y pasa a formar parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º) Créase la partida e incorpórense al presupuesto los recursos necesarios para atender el pago de: a) la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad durante el período de ejecución del proyecto y b) el servició de amortización e intereses del empréstito. El Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.
ARTICULO 3º) El préstamo otorgado será reintegrado en hasta diez (10) años mediante cuarenta (40) cuotas trimestrales iguales a partir de la recepción provisoria de las obras. Sobre el valor del reintegro que se deberá abonar al Instituto, se aplicará una tasa no mayor al uno por ciento (1 %) de interés anual sobre el saldo deudor según lo estipulado en Resolución I. V. B. A. Nº 4096/97.
ARTICULO 4º) En garantía del préstamo aféctanse los recursos de coparticipación de los Impuestos Nacionales y Provinciales que correspondan a este Municipio, autorizándose a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente convenio.
ARTICULO 5º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
 

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