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Ref Expediente |
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76/2001
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ARTICULO 1°) - Convalídase el Convenio N° 128 celebrado entre la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires representada en ese acto por el Sr. Director General Lic. José Octavio BORDON, en adelante "La Dirección", por una parte, y la Municipalidad de 25 de Mayo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal Don Mariano Horacio GRAU, en adelante "La Municipalidad", por el cual la primera de ellas se compromete a crear en la Ciudad de 25 de Mayo una ESCUELA DE EDUCACION ESTETICA, la que funcionará bajo la dependencia de la Dirección de Educación Artística, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°) - Facúltase al Departamento Ejecutivo a crear las partidas presupuestarias que sean menester para su cumplimiento. ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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