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Ordenanza Nº 3139/2012 Imprimir Correo electrónico

Modifica la Ordenanza N° 3096/2011

 

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 9 de Octubre de 2012

Artículo 1º: Modificase la Ordenanza Nº 3096/2011, que regula el tránsito y estacionamiento vehicular en el Partido de 25 de Mayo, incorporando los siguientes Artículos; Artículo 5 bis, Artículo 20 bis, Artículo 29 bis y Artículo 36 bis referentes exclusivamente para las Localidades de Norberto de la Riestra, Pedernales, Ernestina y Gobernador Ugarte los cuales serán redactados de la siguiente forma:

“Artículo 5 bis: De la orientación del tránsito. En la Localidad de Norberto de la Riestra.

Se establece que el sentido de circulación es de doble mano, salvo para los tramos de las siguientes calles que se establecen como mano única:

DE NORTE A SUR: Independencia desde Patricio Kilmurry hasta Boulevard Sargento Cabral; Malvinas Argentinas desde Patricio Kilmurry a Boulevard Sargento Cabral.

DE SUR A NORTE: Héroes de Malvinas desde Boulevard Sargento Cabral a Patricio  Kilmurry; Isidro  Quesada desde Boulevard Sargento Cabral a Patricio Kilmurry; Ronsino desde Hipólito Yrigoyen a Sarmiento.

DE NORESTE A SUDOESTE: José Colamarino desde Burucuya hasta Avenida General Perón.

En las Localidades de Pedernales, Ernestina y Gobernador Ugarte.

Se establece que el sentido de circulación para todas las calles es de doble mano.”

“Artículo 20 bis: Dé la circulación de camiones de gran porte.

En la Localidad de Norberto de la Riestra.

El tránsito pesado podrá circular por las calles denominadas Av. Juan Domingo Perón, Acuña, Iramendi, Burucuya, Arroyo el Gato, Camarano hasta Justo P. Desiervi  y desde  Boulevard de la Paz, Rio Salado, Juan Gonzales De Dios, Doctor Raúl Alfonsín.

Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbana únicamente con chasis.

Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en los horarios laborables.

En la Localidad de Pedernales 

El tránsito pesado podrá circular por las calles denominadas Río Negro, España, Hernández, salidas al camino de Ernestina y las calles Santiago del Estero, Gorriti, Hernández, Vélez Sarsfield, Hernández, España.

Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbana únicamente con chasis.

Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en horarios laborables.

En la Localidad de Gobernador Ugarte.

El tránsito pesado podrá circular por las calles denominadas Entre Ríos y Constitución Nacional.

Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbana únicamente con chasis.

Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en horarios laborables.”

“Artículo 29 bis: Del estacionamiento de automóviles, camionetas y camiones  de porte menor en las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales Declárese estacionamiento sin cargo en todas las calles de las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales.

Se permitirá únicamente el estacionamiento sobre mano derecha en líneas paralelas al cordón, salvo en los casos posteriormente mencionados para la Localidad de Norberto de la Riestra.

En la Localidad de Norberto de la Riestra 

a) Sobre el perímetro de la Iglesia Santa Catalina de Siena se permitirá el estacionamiento a 90°, comprendido entre las calles Boulevard de la Paz y la calle Santa Catalina de Siena.

b) En la calle Manuel Belgrano entre Hipólito Yrigoyen y Patricio Kilmurry, en el sentido de circulación Norte/Sur, se permitirá el estacionamiento a cuarenta y cinco grados (45°) sobre el cordón del lado Oeste.

c) En la calle Manuel Belgrano entre Boulevard Sargento Cabral y Patricio Kilmurry, en el sentido de circulación Sur/Norte, se permitirá el estacionamiento a cuarenta y cinco grados (45°) sobre el cordón del lado Este.

d) En el tramo de la calle Belgrano desde Hipólito Yrigoyen hasta Sarmiento, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado Este.

e) En el tramo de la calle Sarmiento desde Belgrano hasta Armando Unanue, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado Norte.

f) En el tramo de la calle Armando Unanue desde Güemes hasta Hipólito Yrigoyen, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado Oeste.

g) En el tramo de la calle Lugones desde boulevard Sargento Cabral hasta Patagonia, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado Este.

h) En el tramo de la calle Pablo Zaballa desde Sarmiento hasta Hipólito Yrigoyen, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado Oeste.

i) Se prohíbe el estacionamiento en el perímetro del predio del ferrocarril, comprendido entre las calles Yrigoyen, Kilmurry, Unanue y Belgrano, a excepción de los sectores de estacionamiento exclusivos a 45°.

“Artículo 36 bis. Del estacionamiento de camiones acoplados, jaulas, tractores, ómnibus, colectivos y maquinarías agrícolas en las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales 

Quedará prohibido el estacionamiento de camiones, acoplados, jaulas, tractores, ómnibus, colectivos y maquinarias agrícolas en todas las zonas pavimentadas.”

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

Claudio Oscar Monteiro
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo
Roberto Alejandro Freccero
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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