Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 22 de Septiembre de 2014
REF. EXPTE. Nº 122/2014
Artículo 1º:El Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, declara su beneplácito por la sanción de la Ley 26.970, Plan de Inclusión Previsional.
Artículo 2º:El Visto y los Considerandos forman parte de la presente Resolución.
Artículo 3º:Envíese copia a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitando su adhesión, a la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y a todos los Centros de Jubilados del Partido de 25 de Mayo.
Artículo 4º:Comuníquese, Regístrese y Archívese.
VISTO:
La Ley 26.970/2014 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación Argentina y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nro.1556/2014 publicado en el Boletín Oficial del Estado Argentino y
CONSIDERANDO:
Que el Plan de Inclusión Previsional tiene como característica central la posibilidad de que personas que hayan alcanzado la edad suficiente para jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) y no hayan reunido la totalidad de los aportes necesarios o nunca hayan aportado puedan realizar este trámite y comenzar a cobrar sus haberes antes de abonar la deuda declarada por aportes, las cuales se irán descontando mensualmente.
Que con esta nueva ley, pueden incluirse en el plan de pagos de hasta 60 cuotas aportes provisionales no abonados por períodos previos a diciembre de 2003 (hasta ahora era hasta septiembre de 1993).
Que de esta forma, se amplía el número de beneficiarios actuales y potenciales, alcanzando una cifra aproximada de 500.000 personas.
Que en nuestra ciudad como en el resto del país, la Anses (Administración Nacional de Seguridad Social) está recibiendo y asesorando de manera gratuita a todos los interesados en acceder a los beneficios de la citada Ley.
José Luis Canullán
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo |
Roberto Alejandro Freccero
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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