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Resolución Nº 018/2019 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria  celebrada el día 27 de Mayo de 2019

REF. EXPTE. Nº 27/2019

Artículo 1º:Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Servicios Públicos del Municipio de 25 de Mayo que optimice las luminarias en calles 10 desde 37 a 39, de nuestra ciudad a fin de reparar farolas, cambiar lámparas y colocar nuevas, según el caso, para proveer así de un mejor servicio de alumbrado público, atendiendo a la Resolución N° 76/2017 y a la solicitud efectivizada en el Expediente Municipal 4118/00465.

Artículo 2º:Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

VISTO:

La Resolución N° 76/2017 emanada de este Cuerpo que ponía de manifiesto la deficiente prestación del servicio del Alumbrado Público en la calle 10 desde 37 a 39, y los reiterados reclamos de vecinos de esa zona debido a esta situación, principalmente una Nota avalada por numerosas firmas presentada por Mesa de Entradas del Municipio el día 5 de Febrero de 2019 originantes del Expediente Municipal 4118/00465, y

 

CONSIDERANDO:

Que, ha pasado un año y medio desde la sanción de la Resolución N° 76/2017 que solicitaba al Ejecutivo solucionar, mediante la efectiva prestación del servicio de alumbrado, una situación perjudicial para los vecinos de la calle 10 e/37 y 39,

Que, la citada Resolución se aprobó en Sesión por unanimidad de los Concejales,

Que, nunca se atendió lo planteado en esa ocasión,

Que, han pasado más de tres meses desde la presentación de la Nota en Mesa de Entradas del Municipio que originó el Expediente Municipal 4118/00465 avalada por firmas de los vecinos que hoy vienen a reclamar una solución a su problema,

Que, la falta de mantenimiento del alumbrado público en 25 de Mayo ha generado un sinfín de reclamos al área de Servicios Públicos;

Que, la iluminación mejora la seguridad, sobre todo en barrios alejados como el de los vecinos originantes de este proyecto, que deben trasladarse, en horarios sin luz diurna, para concurrir al trabajo, llevar niños a la escuela y otras situaciones similares,

Que, los habitantes veinticinqueños están tributando la tasa correspondiente al alumbrado público como lo estipula la Ordenanza Fiscal e Impositiva, siendo la Tasa de mayor cobrabilidad dado el mecanismo que permite agregarla a la factura del servicio eléctrico, por lo que el cumplimiento de la contraparte del contribuyente en el caso de este servicio está garantizada, siendo este un parámetro que está siendo esgrimido para evaluar la prestación de otros servicios municipales,

Que, todos los habitantes de 25 de Mayo merecen que se generen políticas destinadas a brindarles protección y seguridad, sobre todo para prevenir actos delictivos y accidentes en sectores vulnerables de la ciudad,

Que, es el Departamento Ejecutivo Municipal quien debe garantizar el buen funcionamiento del alumbrado público, velando por la seguridad de los vecinos y regulando la colocación y reemplazo de lámparas para la prestación de un buen servicio.

 

 

 

 

Marta Magdalena Piñero
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Mauricio Juan José García
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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