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Comisión 5 - Dictamen Expediente Nº 79/2026 Imprimir

D I C T A M E N

De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 20 de Agosto de 2026, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Departamento Ejecutivo y cuyo motivo es Plan de Regularización Dominial del Sector Industrial Planificado “Dr. Manuel Belgrano”, destinado a normalizar la situación jurídica de las parcelas ocupadas por empresas radicadas y les transfiere inmuebles bajo la modalidad de Donación con Cargo.

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente

 

 

D E S P A C H O

VISTO:

La necesidad de regularizar la situación dominial de parcelas ubicadas en el Sector Industrial Planificado del Partido de Veinticinco de Mayo, convalidando operaciones de compraventa y adjudicaciones efectuadas, garantizando la continuidad de los proyectos productivos radicados y promoviendo el desarrollo industrial del distrito,y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario otorgar seguridad jurídica a las operaciones realizadas respecto de las parcelas integrantes del Sector Industrial Planificado.

Que la consolidación de los emprendimientos industriales constituye un objetivo prioritario para la generación de empleo, la inversión privada y el crecimiento económico local.

Que corresponde convalidar las operaciones individualizadas en los Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Que corresponde dejar sin efecto toda adjudicación anterior incompatible con la presente regularización.

 

Por ello, desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación delossiguientes proyectosde:

 

Ordenanza

ARTÍCULO 1°:Convalídesela adjudicación y/o regularización dominial de la parcela ubicada en el Sector Industrial Planificado “Manuel Belgrano”, nomenclada catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Chacra 196, Fracción I, Parcela 10, con una superficie de 2.215,95 m².a favor de la Cooperativa de Trabajo Boltex Limitada, CUIT N° 30-71755004-4cuya actividad productiva es la confección de bolsones Big-Bag.

ARTÍCULO 2°:Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir las escrituras traslativas de dominio, boletos de compraventa, convenios, actas y toda otra documentación necesaria para perfeccionar las operaciones aprobadas.

ARTÍCULO 3°: Déjese establecido que las operaciones convalidadas en el Articulo1° serán con CARGO, entendiendo a este como “La continuación con su actividad industrial”.

ARTÍCULO 4°: En la respectiva escritura traslativa de dominio deberá dejarse expresa constancia del cargo impuesto.

ARTÍCULO 5°: De forma.

 

 

 

Ordenanza

ARTÍCULO 1°:Convalídesela adjudicación y/o regularización dominial de la parcela ubicada en el Sector Industrial Planificado “Manuel Belgrano”, nomenclada catastralmente como:Circunscripción II, Sección B, Chacra 196, Fracción I, Parcela 7, con una superficie de 1.737,50 m².a favor del Sr. Roberto Carlos D’Amico,DNI N°26.093.994.cuya actividad productiva es la Fabricación de calzado.

ARTÍCULO 2°:Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir las escrituras traslativas de dominio, boletos de compraventa, convenios, actas y toda otra documentación necesaria para perfeccionar las operaciones aprobadas.

ARTÍCULO 3°:Déjese establecido que las operaciones convalidadas en el Articulo1° serán con CARGO, entendiendo a este como “La continuación con su actividad industrial”.

ARTÍCULO 4°: En la respectiva escritura traslativa de dominio deberá dejarse expresa constancia del cargo impuesto.

ARTÍCULO 5°: De forma.

 

 

Ordenanza

ARTÍCULO 1°:Convalídesela adjudicación y/o regularización dominial de las parcelas ubicadas en el Sector Industrial Planificado “Manuel Belgrano”, nomenclada catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Chacra 196, Fracción III, Parcela 4, con una superficie de 1.995,50 m²y Circunscripción II, Sección B, Chacra 196, Fracción III, Parcela 5, con una superficie de 2.000 m².a favor de la Sra. Claudia Fiorella Ilari,DNI N° 35.332.031.cuya actividad productiva es lA extracción y envasado de miel.

ARTÍCULO 2°:Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir las escrituras traslativas de dominio, boletos de compraventa, convenios, actas y toda otra documentación necesaria para perfeccionar las operaciones aprobadas.

ARTÍCULO 3°:Déjese establecido que las operaciones convalidadas en el Articulo1° serán con CARGO, entendiendo a este como “La continuación con su actividad industrial”.

ARTÍCULO 4°: En la respectiva escritura traslativa de dominio deberá dejarse expresa constancia del cargo impuesto.

ARTÍCULO 5°: De forma.

 

 

 

 

 

Firman los concejales:

Cortes           Recalt          Galdós Carrizo           Squillaci          Zarza