
| Comunicación Nº 13/2026 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto de 2026 Artículo 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que, por intermedio del área de Agua y Cloacas, informe: a)La cantidad actual de conexiones vinculadas a la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales de la Ciudad de 25 de Mayo. b)Si la planta posee capacidad operativa suficiente para recibir y tratar nuevos efluentes cloacales. c)En caso afirmativo, cuántas nuevas conexiones estima que podrían incorporarse sin afectar su correcto funcionamiento. Artículo 2º: Solicítase que seinforme si, en las actuales condiciones de funcionamiento de la Planta Depuradora, resulta técnicamente factible autorizar nuevas obras, ampliaciones o extensiones de la red cloacal destinadas a loteos, desarrollos urbanísticos o conjuntos habitacionales. Artículo 3º: Solicítase que, hasta tanto se acredite técnicamente la existencia de capacidad suficiente en la PlantaDepuradora, no se autoricen nuevas extensiones de la red ni conexiones destinadas a nuevos loteos o desarrollos urbanísticos, debiendo preverse sistemas de tratamiento mediante biodigestores individuales o colectivos, conforme a la Ordenanza Nº 3630/2026. Artículo 4º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que requiera la intervención de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que inspeccione el funcionamiento de la Planta Depuradora y las condiciones del vuelco de sus efluentes al Arroyo del Gato. Artículo 5º: Solicítase que, en el marco de dicha intervención, se realicen cuatro análisis independientes del efluente descargado por la planta, mediante muestras tomadas en distintos días y horarios, y se informe si los resultados cumplen con los parámetros legalmente admisibles. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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