0140/1929
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1929-01-23
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Artículo 1°: La Municipalidad de 25 de Mayo, autoriza la continuación de las obras para la casa "Sede Municipal" siempre y cuando la empresa constructora proceda a dar cumplimiento a las siguientes disposiciones: Artículo 2°: Los marcos colocados hasta el presente y que no reúnan las medidas exigidas por el contrato, serán retirados de inmediato, colocándose en su lugar otros que llenen los requisitos exigidos, tanto en la calidad de la madera, como en lo referente a las medidas indicadas en el artículo respectivo del pliego de condiciones aprobado. Artículo 3°: Para compensar la solidez dede los muros, debilitados por el uso de arena local utilizada en ciertas partes de la construcción, la empresa construrá exactamente arriba de la línea de superior de los marcos un zuncho de hormigón armado por todas las paredes internas y externas del edificio con la mezcla siguiente: dos pertes de pedregullo de canto redondo, una parte de arena oriental y una parte de portland, con una medida de treinta centímetros de alto por el ancho de las paredes y en el que se colocarán cuatro barrotes de hierro, internos, en el sentido horizontal, de 7/8 " según croquis que el Departamento Ejecutivo entregará a la empresa. Artículo 4°: Las obras a que se refieren las disposiciones del artículo segundo y tercero serán de exclusiva cuenta de la empresa constructora Artículo 5°: La construcción será continuada desde la fecha con especial observancia de lo dispuesto por el pliego de condiciones y contrato firmado para esta obra y con la declaración expresa de que cualquier transgresión o falta de cumplimiento a lo estipulado será reprimida severamente por esta Municipalidad. Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 7°: Dada y firmada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 23 de enero de 1929.
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