0145/1929
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1929-03-17
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Artículo 1°: Refórmase el artículo tercero de la Resolución N° 140, sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de enero del año en curso, estableciendo que el zuncho de cemento armado a que se refiere el mismo y que debe construirse en el edificio para la casa "Sede Municipalidad" será ejecutado dentro del plano y condiciones aconsejadas por el arquitecto técnico Señor Angel Gioja en su informe de fecha 28 de febrero de 1929. Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para ordenar la prosecución de las obras y para resolver con la empresa constructora las interpretaciones a que pudiera dar lugar la presente resolución. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°: Dada y firmada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 17 de marzo de 1929.
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