Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para el llamado a licitación pública por el suministro de chapas numéricas para la nomenclatura de calles y propiedades de esta ciudad. Artículo 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar esta licitación estableciéndose que el pago de las chapas lo efectuará la Municipalidad con cargo al presupuesto del próximo año. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Dada y firmada en la sala de sesiones públicas del Honorable Concejo Deliberante a 25 de agosto de 1929.
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