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ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y autorízase la expropiación del inmueble ubicado en la calle 10 y 27 de esta ciudad cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I - sección C - manzana 162 - Parcela 7 - Partida de Orígen N° 04717 - con una superficie aproximada de 675 metros cuadrados, que se destinará a la construcción de un centro cívico. ARTICULO 2°: Por lo establecido en el artículo 1° el Departamento Ejecutivo queda facultado a realizar y llenar los recaudos fijados por la Ley General de Expropiación, ARTICULO 3°: Pasesen las actuaciones a la Honoralbe Legislatura de la Provincia a efectos de su calificación por Ley. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, promúlguese, dése a publicidad y regístrese. Dada y firmada en la sala de sesiones públicas del Honorable Concejo Deliberante a 4 días del mes de febrero de 1974.
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Aidor A. Stronatti - Secretario - Ricardo A. Sáenz - Presidente
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