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190/2002
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ARTICULO 1°) - Convalídase el convenio celebrado entre la Municipalidad de 25 de Mayo, representada en ese acto, por el Sr. Intendente Municipal D. Mariano Horacio GRAU, por una parte, y el CLUB DE FOMENTO Y PESCA LAGUNA MULITAS, representada por el Sr. Presidente Sr. Miguel Angel SCIORRA, con D. N. I. N° 10.577.124, por la otra, por el cual se ceden las instalaciones del inmueble identificado en el croquis adjunto, existente en el Parque de la Laguna Mulitas de esta Ciudad, con las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo y que se agrega como anexo único, pasando a formar parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
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