Ordenanza Nº 3300/2017 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 25 de Septiembre de 2017 Artículo 1º:Convalídese el Convenio del Programa “Operadores de Calle” celebrado entre la Municipalidad de Veinticinco de Mayo y el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, por lo cual se asignan 20 (Veinte) becas, destinados a los operadores de calle seleccionados por la Municipalidad para llevar a cabo el citado programa. Artículo 2º:Comuníquese, Regístrese y Archívese. Artículo 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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