
| Resolución Nº 040/2018 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 27 de Agosto de 2018 Artículo 1º:Solicita al Departamento Ejecutivo que tenga a bien crear un “Registro obligatorio de intentos de autoeliminación” el que tendrá como objetivo detectar a aquellas personas que cometen un intento de suicidio con el fin de realizarles un seguimiento epidemiológico y acompañamiento terapéutico, psicológico, psiquiátrico y/u otro dependiendo del caso. Artículo 2º:Los hospitales, clínicas, unidades sanitarias, salas médicas y demás centros de salud tanto públicos como privados deberán registrar los casos de intentos de autoeliminación en un formulario, información que deberán remitir a la Secretaría correspondiente designada por el Departamento Ejecutivo. Se garantizará la confidencialidad de los datos. Artículo 3º:El Departamento Ejecutivo designará a una Secretaría como la autoridad de aplicación, la cual coordinará el trabajo realizado por las diferentes instituciones y controlará su cumplimiento. Artículo 4º:Facultase al Departamento Ejecutivo a convocar a los diferentes actores sociales que desarrollan actividades dirigidas a prevenir el suicidio y brindar asistencia con el fin de confeccionar el formulario mencionado en el Artículo 2 y definir las líneas de acción para instrumentar el programa. Artículo 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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