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Ordenanza Nº 0446/1948 Imprimir

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
0446/1948
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1948-10-16

Artículo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar estudios técnicos indispensables, por intermedio de su Secretaría de Obras Públicas, para el trazado y construcción de un Cementerio en la localidad de Pedernales, con sujeción a las disposiciones que establecen los artículos 60 y 61 de la Ley N° 4687, Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 2°: A los fines determinados en el artículo anterior, autorízase al departamento Ejecutivo a invertir hasta la suma de diez mil pesos m/nacional para la adquisición del teerreno y atención de los gastos que demande la realización de esta Obra.
Artículo 3°: En caso de dificultades para la adquisición de terreno, el Departamento Ejecutivo queda autorizado para gestionar su obtención por vía de expropiación, y con arreglo a las disposiciones de la Ley 5141.
Artículo 4°: El departamento Ejecutivo podrá aceptar donaciones de terrenos, previo informe técnico de su Secretaría de Obras Públicas, a fin de determinar si la resistencia y el nivel de los mismos conviene para cimentar obras de esta naturaleza.
Artículo 5°: El gasto que demande el cumplimiento de esta Ordenanza se pagará de la partida obras públicas con imputación a la misma.
Artículo 6°: Comuníquese al departamento Eejcutivo, publíquese, etc.
Artículo 7°: Dada y firmada en la Sala de Seeiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante a dieciséis días del mes de octubre del año 1948.
Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Vicepresidente