
| Ordenanza Nº 3052/2010 |
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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 12 de Octubre de 2010 Artículo 1º: Otórgase a partir del 1° de Octubre de 2.010 a todo el personal municipal de planta permanente del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué” con exclusión de: A.- Personal incluido en la Carrera Médico-Hospitalaria, B.- Director Médico, Director Adjunto y Directora Administrativa. Una Bonificación no remunerativa no bonificable de CIENTO CINCUENTA PESOS ($150,00) mensuales. Artículo 2º: Otórgase a partir del 1° Octubre de 2.010, a todo el personal municipal de planta temporaria del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué” con exclusión de: A.- Personal temporario asistente de 24 hs. p/Consultorio. B.- Personal temporario asistente de 36 hs. p/Consultorio. C.- Personal temporario asistente de 36 hs. p/Guardia. D.- Personal destajista. Una Bonificación por presentismo de CIENTO CINCUENTA PESOS ($150,00) mensuales. Artículo 3º: Modifícase las partidas del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.010 del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, de acuerdo al detalle del Anexo I que forma parte de la presente. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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