
| Ordenanza Nº 3070/2010 |
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Sesión Pública Ordinaria de Prórroga celebrada el día 20 de Diciembre de 2010 Artículo 1º: Créase una bonificación de carácter no remunerativo por única vez de pesos trescientos ($ 300.00) para los agentes municipales de planta permanente de la Municipalidad y del Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué a abonar durante el mes de diciembre del año 2010. Artículo 2º: Créase una bonificación por presentismo de pesos trescientos ($ 300.00) para los agentes de la planta temporaria de la Municipalidad, Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué y del Honorable Concejo Deliberante, durante el mes de diciembre del año 2010. Artículo 3º: Exceptúase expresamente de las bonificaciones mencionadas a todos los funcionarios de carácter político. Artículo 4º: Autorízase a efectuar la adecuación presupuestaria de acuerdo a lo indicado en el anexo I (Municipalidad) y anexo II (Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué) que pasan a formar parte de la presente. Artículo 5º: Los gastos que demanden las erogaciones relacionadas con estas bonificaciones, serán imputados a las partidas presupuestarias que se agregan como anexos I y II que pasan a formar parte integrante de la presente Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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