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Ordenanza Nº 2039/1990 Imprimir
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2039/1990
1
1990-05-14
80/1990

ARTICULO 1°: Suspéndese la aplicación de lo dispuesto en los Artículos 28°), incisos 2/1 y 29°), inciso 1, de la Ordenanza N° 1922/88 hasta la sanción de la nueva Ordenanza Impositiva sustitutiva de la recién citada.
ARTICULO 2°: A resultas de lo dispuesto en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo queda facultado a determinar y emitir las cuotas a devengarse correspondientes a la Tasa de Servicios Sanitarios en base al imorte de la última cuota devengada de que se trate, con la actualización determinada en la Ordenanza N° 1922/88.
ARTICULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Di Salvo - Presidente