D I C T A M E N
De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 4 de Octubre de 2012 con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia: iniciado por los Concejales Emilia Fioretti, Daniel Fredes y Cecilia Germano, y cuyo motivo es: Modifica Ordenanza Nº 3096/2012 que regula el tránsito y estacionamiento vehicular, incorporando artículos referentes a las Localidades del Interior del Partido.
Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente:
D E S P A C H O
Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo la aprobación del siguiente Proyecto de: Ordenanza:
ARTÍCULO 1°: Modificase la Ordenanza N° 3096/2011, que regula el tránsito y estacionamiento vehicular en el Partido de 25 de Mayo, incorporando los siguientes Artículos; Artículo 5 bis, Artículo 20 bis, Artículo 29 bis y Artículo 36 bis referentes exclusivamente para las Localidades de Norberto de la Riestra, Pedernales, Ernestina, Valdés, Del Valle, Gobernador Ugarte, Agustín Mosconi y San Enrique, los cuales serán redactados de la siguiente forma:
"Artículo 5 bis: De la orientación del tránsito. En la Localidad de Norberto de la Riestra.
Se establece que el sentido de circulación es de doble mano, salvo para los tramos de las siguientes calles que se establecen como mano única:
DE NORTE A SUR: Independencia desde Patricio Kilmurry hasta Boulevard Sargento Cabral; Islas Malvinas desde Patricio Kilmurry a Boulevard Sargento Cabral.
DE SUR A NORTE: Héroes de Malvinas desde Boulevard Sargento Cabral a Patricio Kilmurry; Isidro Quesada desde Boulevard Sargento Cabral a Patricio Kilmurry; Ronsino desde Hipólito Yrigoyen a Sarmiento.
DE NORESTE A SUDOESTE: José Colamarino desde Burucuya hasta Avenida General Perón.
En las Localidades de Pedernales, Ernestina ,Valdés, Del Valle, Gobernador Ugarte, Agustín Mosconiy San Enrique.
Se establece que el sentido de circulación para todas las calles es de doble mano.
"Artículo 20 bis: Déla circulación de camiones de gran porte. En la Localidad de Norberto de la Riestra. El tránsito pesado podrá circular por las calles denominadas Av. Juan Domingo Perón, Acuña, Iramendi, Burucuya, Arroyo el Gato, Camarano hasta Efraín Desiervi y desde Boulevard de la Paz, Rio Salado, Juan Gonzales De Dios, Doctor Raúl Alfonsín,
Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbano únicamente con chasis.
Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en los horarios laborales.
En la Localidad de Pedernales
El tránsito pesado podrá circular por las calles denominadas Río Negro, España, Hernández, salida al camino de Ernestina y las calles Santiago del Estero, Gorriti, Hernández, Vélez Sarsfield, Hernández, España.
Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbano únicamente con chasis.
Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en horarios laborales.
En la Localidad de Del Valle.
El transito pesado podrá circular por las calles denominadas Av. San Martin, Libertad, Castelli, e Independencia.
Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbano únicamente con chasis.
Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en hoarios laborales.
En la Localidad de Gobernador Ugarte.
El transito pesado podrá circular por las calles denominadas Entre Ríos y Constitución Nacional.
Se Permitirá el abastecimiento de combustible en las estaciones de servicios de la zona urbano únicamente con chasis.
Se permitirá la circulación de camiones de carga y descarga en horarios
laborales.
"Artículo 29 bis: Del estacionamiento de automóviles, camionetas y camiones de porte menor en las Localidades de Norberto de la Riestra, Pedernales y Valdés . Declárese estacionamiento sin cargo en todas las calles de las Localidades
de Norberto de la Riestra, Pedernales y Valdés.
Se permitirá únicamente el estacionamiento sobre mano derecha en líneas paralelas al cordón, salvo en los casos posteriormente mencionados para la Localidad de Norberto de la Riestra.
En la Localidad de Norberto de la Riestra
a) Sobre el perímetro de la Iglesia Santa Catalina de Siena se permitirá el estacionamiento a 90°, comprendido entre las calles Boulevard de la Paz y la calle Santa Catalina de Siena.
b) En las calles Manuel Belgrano entre Hipólito Yrigoyen y Boulevard Sargento Cabral y en la calle Manuel Belgrano entre Boulevard Sargento Cabral y Patricio Kilmurry, se permitirá el estacionamiento en las dársenas a cuarenta y cinco grados (45°) sobre mano derecha.
c) En el tramo de la calle Belgrano desde Hipólito Yrigoyen hasta Sarmiento, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado este.
d) En el tramo de la calle Sarmiento desde Belgrano hasta Armando Unanue, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado norte.
e) En el tramo de la calle Armando Únanme desde Güemes hasta Hipólito Yrigoyen, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado oeste.
f) En el tramo de la calle Lugones desde boulevard Sargento Cabral hasta Patagonia, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado este.
g) En el tramo de la calle Pablo Zaballa desde Sarmiento hasta Hipólito Yrigoyen, el estacionamiento solo se podrá realizar sobre el cordón del lado oeste.
h) Se prohibe el estacionamiento en el perímetro del predio del ferrocarril, comprendido entre las calles Yrigoyen, Kilmurry, Unanue y Belgrano, a excepción de los sectores de estacionamiento exclusivos a 45°.
"Artículo 36 bis. Del estacionamiento de camiones acoplados, jaulas, tractores, ómnibus, colectivos y maquinarías agrícolas en las Localidades de Norberto de la Riestra y Pedernales.
Quedara prohibido el estacionamiento de camiones, acoplados, jaulas, tractores, ómnibus, colectivos y maquinarias agrícolas en todas las zonas pavimentadas."
ARTÍCULO 2°: De forma.
Firman los concejales:
Tosto Ibarra Davel Gastaldi Monteiro Pezzato
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