D I C T A M E N
De la Comisión de CULTURA del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 16 de Mayo de 2018 con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Bloque Unidos por una Nueva Alternativa y cuyo motivo es: “Modifica el Artículo 6 de la Ordenanza N° 2945/2008 referente a las responsabilidades de la Comisión Institucional de Fiestas Populares, por cualquier hecho, circunstancia o suceso que lesione derechos de terceros y / o del Municipio de 25 de Mayo, como consecuencia del uso del espacio permisionado.”
Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente:
D E S P A C H O
Desde el ámbito de esta Comisión, se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación del siguiente proyecto de:
Ordenanza
Artículo 1°:Incorpórese los Inc. a) y b) al Artículo 6° de la Ordenanza N° 2945/2008, modificada por Ordenanza N° 3270/2016, que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 6°: La Comisión Permisionaria, se obliga a asumir responsabilidades por cualquier hecho, circunstancia o suceso que lesione derechos de terceros y/o del Municipio de 25 de Mayo, como consecuencia del uso del espacio permisionado.
a) La Comisión Permisionaria comunicará al Departamento Ejecutivo en forma fehaciente con 30 días de anticipación al inicio de las jornadas de carnaval, la contratación de al menos dos (2) ambulancias de alta complejidad, con equipos desfibriladores y médicos abordo; la contratación del servicio de seguridad del espectáculo, en cumplimiento con la normativa legal vigente en la materia; y la contratación de seguros para las personas que allí trabajen, colaboren o asistan en cualquier carácter.
b) La Comisión Institucional de Fiestas Populares reservará, demarcará y preservará espacios de circulación en las plateas, sectores de mesas, tribunas y calles adyacentes, para facilitar el tránsito, acceso y egreso de los servicios de emergencia a cualquier sector destinado al público.”
Artículo 2: De forma.
Firman los Concejales:
Vega Posse Bogado Serafini
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