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D I C T A M E N
De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 06 de Agosto de 2026, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Departamento Ejecutivo y cuyo motivo es “Modifica la Ordenanza N°1947/1988, referente al Régimen de Préstamos Reintegrables destinado al personal de la Administración Pública de la Municipalidad de 25 de Mayo.”
Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente
D E S P A C H O
Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación del dictamen emanado de la Comisión de Presupuesto, firmado por los Concejales Lance y Boisserenc el día 17 de Junio de 2026, y con la modificación del Artículo N°2 que quedara redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°: Modifícaseel Artículo 2° de la Ordenanza N°1947/1988, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°: El préstamo tendrá carácter excepcional y sólo podrá otorgarse cuando tenga alguno de los siguientes destinos debidamente acreditados:
a) Cancelar deudas por gastos de sepelio de cónyuge, hijos o padres.
b) Sufragar gastos de casamiento.
c) Afrontar gastos de extrema necesidad y urgencia médica.
d) Mejora, ampliación o reparación habitacional de la vivienda del agente solicitante o de su grupo familiar conviviente.
e) Adquisición o reparación de bienes de capital, registrables o no, existentes o a adquirir, que se acrediten como necesarios para garantizar la movilidad del agente a fin de concurrir a su lugar habitual de trabajo.
f) Cubrir gastos de consolidación de deuda con tarjetas de crédito.
g) Afrontar gastos de inicio de contrato de alquiler.”
Firman los concejales:
Recalt Squillaci
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