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Comisión 5 - Dictamen Expediente Nº 182/2026 Imprimir Correo electrónico

D I C T A M E N

De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 24 de Septiembre de 2026, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Bloque Alianza La Libertad Avanza y cuyo motivo es “Expresa beneplácito y adhesión a la reafirmación de la soberanía sobre las Islas Malvinas y el Sector Antártico Argentino, formulada por el Presidente de la Nación Dr. Javier Milei, en la cadena nacional del 3 de septiembre de 2026.”

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente

 

 

D E S P A C H O

Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación del siguiente proyecto de:

 

Decreto

ARTÍCULO 1°:El Honorable Concejo Deliberante del Partidode 25 de Mayo reafirma la legítima e imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

ARTÍCULO 2°:El Honorable Concejo Deliberante reafirma que la recuperación del ejercicio pleno de la soberanía sobre dichos territorios constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, conforme lo establecido por la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y de acuerdo con los principios del derecho internacional.

ARTÍCULO 3°:El Honorable Concejo Deliberante manifiesta su respaldo a la defensa permanente de los derechos soberanos argentinos sobre la Cuestión Malvinas y a la búsqueda de una solución pacífica y definitiva de la controversia, mediante los mecanismos previstos por el derecho internacional.

ARTÍCULO 4°:El Honorable Concejo Deliberante reafirma su reconocimiento y homenaje permanente a los veteranos y veteranas de la Guerra de Malvinas, a los caídos y a sus familiares, manteniendo viva la memoria de quienes participaron del conflicto del Atlántico Sur.

ARTÍCULO 5°:La presente declaración tiene carácter institucional y no implica adhesión política a persona, partido, gobierno o administración determinada, sino la reafirmación de una posición soberana y constitucional de la República Argentina.

ARTÍCULO 6°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y al Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 7°:De forma.

 

 

 

 

 

Firman los concejales:

Galdós Carrizo            Zarza

 

 

 

 

 

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