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Comisión 5 - Dictamen Expediente Nº 226/2017 Imprimir Correo electrónico

D I C T A M E N

De la Comisión de REGLAMENTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 04 de Diciembre de 2017, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Departamento Ejecutivo y cuyo motivo es: Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos de la Municipalidad de 25 de Mayo, correspondiente al Ejercicio año 2018.

 

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente:

 

D E S P A C H O

Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación en General del presente proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo, referido al Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos correspondiente al Ejercicio año 2018 de la Municipalidad de 25 de Mayo.

 

 

Asimismo, del Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastosde la Municipalidad de 25 de Mayo correspondiente al Ejercicio año 2018,se sugiere en Particular, en lo concerniente a la “Ordenanza Complementaria del Presupuesto”;

 

-      el rechazo de los inc. K)  e  inc. L) del Artículos N°5 y los  Artículos  N° 8 y  N° 9.

 

-      la modificación del inc. J) del Artículo N° 5,  que quedará redactado de la siguiente manera:

“ J) Bonificación No Remunerativa: otorgase una Bonificación No Remunerativa para todos los Trabajadores Municipales, de $ 570. (pesos quinientos setenta), exceptuando a los  funcionarios de carácter político y Concejales.”

 

-      La modificación del Inciso M) del Artículo 5, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5) Bonificaciones:

M) Bonificación Extraordinaria por Actividad Exclusiva:

Se fija esta bonificación para la agente municipal Nora Raquel Sánchez en un treinta por ciento (30%) de la remuneración básica.

 

-      La modificación del Artículo 7, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 7) Establécense las remuneraciones básicas de los funcionarios políticos en relación al haber básico del Intendente Municipal, que se fija en el Mínimo permitido por lo normado en el Artículo No. 125 de la Ley Orgánica Municipal, según los porcentajes establecidos a continuación:

1. Secretarías el cuarenta y cinco por ciento (45%)

2. Secretario Técnico: el cuarenta y cinco por ciento (45%).

3. Subsecretarias. el treinta y cuatro por ciento (34%)

4. Delegación Municipal de Norberto de la riestra: el treinta por ciento (30%)

5. Direcciones Generales: el veintiocho por ciento (28%)

6. Direcciones: el veinticinco por ciento (25%)

7. Delegaciones Municipales (excepto Norberto de la Riestra): el veinticinco por ciento (25%).

8. Coordinaciones Municipales: el veinte por ciento (20%)

En virtud de la modificación impuesta por la Ley No. 12.120 al Artículo 125 de la Ley Orgánica Municipal, el Intendente Municipal del Partido de 25 de Mayo percibirá mensualmente el equivalente a catorce sueldos mínimos correspondientes a la remuneración básica mínima equivalente a 40 horas semanales, sin comprender ninguna bonificación, ni adicional inherente a la categoría.

El Intendente podrá optar por la percepción o no, del importe que le correspondiere por hacer uso a la partida de Gastos de Representación, sin cargo de rendición de cuentas, según así lo establece el Artículo N° 125 de la Ley Orgánica Municipal.

En caso de optar por la percepción establecida en el párrafo anterior deberá remitir para su aprobación a este Honorable Cuerpo la creación de Partidas de Gastos de Representación y monto mensual a cobrar.

 

 

 

Firman los concejales:

Canullán            Serafini           Masagué

      

    

      

      

     

 

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