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Comisión 4 - Dictamen Expediente Nº 62/2022 Imprimir Correo electrónico

D I C T A M E N

De la Comisión de PRESUPUESTO del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, reunida el día 19 de Octubre de 2022, con el fin de dar tratamiento al Expediente de referencia iniciado por: Bloque Juntos (GEN-Evolución) y cuyo motivo es Establece que el Club o Institución barrial deberá contar con una Ficha Clínica Deportiva de cada menor de 16 años que practique deportes.”

Sobre el particular, esta Comisión emite el siguiente

 

 

D E S P A C H O

Desde el ámbito de esta Comisión se sugiere al Honorable Cuerpo, la aprobación del siguiente proyecto de:

 

Ordenanza

Artículo 1°:Modificase el Articulo N° 1 de la Ordenanza N°2852/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo N° 1: Declárase de carácter obligatorio el examen médico anual de aptitud física para la práctica del deporte para todos los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que participan en torneos oficiales de ligas y asociaciones deportivas locales, regionales, nacionales, e internacionales en el ámbito del Partido de 25 de Mayo.”

Artículo 2°: Modificase el Articulo N° 3 de la Ordenanza N°2852/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo N° 3°: La Secretaría de Políticas Sociales y Sanitarias participará en las actividades de promoción, planificación fiscalización de la presente Ordenanza”

Artículo 3°:Modificase el Articulo N° 7 de la Ordenanza N°2852/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo N° 7:La Dirección de Deportes, extenderá una Tarjeta de Aptitud a todos aquellos solicitantes cuyos resultados sean considerados dentro de los parámetros de aptitud fijados por las normas. Los resultados serán remitidos a la institución de procedencia del solicitante para su archivo por el período de vigencia de la certificación.

Es deber de los padres o tutores mantener actualizada la Tarjeta de Aptitud ante cualquier evento relacionado con la salud del deportista, contemplando lo dispuesto en el Artículo N° 8 de la presente. Estas modificaciones deben ser informadas por los padres o tutores a la institución de procedencia.”

 

 

 

 

Firman los concejales:

Galdós Carrizo               Botta               García               Mansilla 

      

     

 

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