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Ordenanza N° 3536/2024 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 12 de Marzo de 2024

REF. EXPTES. Nº 16/2023

Artículo 1º:Impleméntese en el Partido de Veinticinco de Mayo, el “Programa Integral de Educación y Seguridad Vial”  conteniendo reglas de circulación, seguridad y protección al peatón, el que tendrá como objetivos:

a) Bregar por el respeto de las Ordenanzas y normas de tránsito

b) Bregar por el respeto a los peatones por parte de los demás usuarios de la vía pública.

c) Prevenir acerca de las dificultades que crean los vehículos a los peatones.

d) Prevenir acerca de las dificultades que crean los vehículos al tráfico, y en particular relacionado con la temática de los peatones.

e) Prevenir acerca de las dificultades que origina la utilización inadecuada de la vía pública.

f) Jerarquizar y difundir lo relativo a la importancia del respeto a las normas y derechos de uso y circulación de la vía pública por parte de los terceros, en función de la seguridad vial propia y ajena.

Artículo 2º:El Programa Integral contemplará:

- Realización de acciones permanentes de educación a la comunidad, tales como campañas mensuales de educación vial en colegios primarios y secundarios;

- Difusión de estadísticas e información sobre riesgos creados por accidentes de tránsito a nivel local, provincial, nacional e internacional;

- Creación de una Mesa Interdisciplinaria de apoyo al Programa, integrada por distintos actores de la sociedad,  con el fin de estimular los intercambios de opinión en lo que refiere al Programa;

- Difusión de información en los medios de comunicación masiva y realización de acciones comunitarias en lugares de trabajo, escuelas y dependencias municipales;

- Creación de un programa permanente de capacitación a los docentes y empleados municipales sobre las correctas normas de tránsito, sobre todo en lo referente al tránsito peatonal;

- Planificación y concreción de la demarcación horizontal en esquinas y cruces peatonales, integrando también esto a planes y obras viales existentes y/o en proyecto;

- Planificación y concreción de la señalética en esquinas y cruces peatonales, integrando también esto a planes y obras viales existentes y/o en proyecto.

Artículo 3º:Queda previsto dentro del Programa la realización de una “Campaña de Educación y Seguridad Vial”, a fin de que se promueva la reflexión sobre esta problemática desde una mirada que articule lo normativo y lo lúdico. Para ello, se recomienda:

1) Convocar a empresas, instituciones y asociaciones a suscribir el “Programa Integral de Educación y Seguridad Vial” a los fines de sumar esfuerzos y acciones para que el mismo se transforme en una política de Estado con un fuerte compromiso de la sociedad civil.

2) Propiciar la participación de todas las instituciones que llevan adelante acciones de educación vial y que han desarrollado materiales específicos para conformar los antecedentes de la Educación y Seguridad Vial.

3) Concientización: promover la reflexión sobre una problemática ya instalada en el debate público, difundiendo las consecuencias de las conductas riesgosas de acuerdo a los distintos tipos de transeúntes.

4) Acciones en la vía pública: procurar un cambio de actitud en todos los ciudadanos, con intervenciones públicas de alta visibilidad que pongan en evidencia las conductas riesgosas y atiendan la realidad de cada tipo de transeúnte:

a.          Tolerancia cero al alcohol al conducir.

b.         Respeto por el semáforo y las normas de circulación.

c.          Uso de casco en los motociclistas.

d.         Respeto de las normas por parte de los ciclistas.

e.          Peatón responsable y atento al cruce lícito de la calzada.

f.           Disminución de velocidad en las esquinas, y respeto del “stop” ante la senda peatonal.

g.          Uso de cinturón de seguridad.

Artículo 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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