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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 14 de Julio de 2025
REF. EXPTES. Nº 63/2025
Artículo 1º:La Municipalidad de 25 de Mayo realizará todas las acciones pertinentes para la puesta en marcha, ejecución e instalación de la Ayudantía Fiscal en el Distrito de 25 de Mayo, creada mediante Ley N° 14.176.
Artículo 2º:A fin de cumplimentar lo establecido en el Artículo precedente, se insta y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a la firma de un Convenio Marco de Colaboración Institucional con el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º:El Municipio de 25 de Mayo continuará con la locación del inmueble sito en calle 27 N° 1244 de la ciudad de 25 de Mayo, perteneciente a la Asociación Protectora de Niños Pobres, hasta que se acuerde con el Ministerio Público Fiscal la relocalización de la Ayudantía Fiscal en otro inmueble, el cual deberá contar con las especificaciones técnicas y de accesibilidad requeridas por el Ministerio Público Fiscal.
Artículo 4º:El Departamento Ejecutivo deberá enviar a este Honorable Cuerpo en el término de 15 días hábiles el Convenio Marco de Colaboración Institucional suscripto con el Ministerio Público Fiscal para su aprobación.
Artículo 5º:Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones, imputaciones y/o modificaciones presupuestarias que fuera menester para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 6º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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