gototopgototop
Ordenanza N° 3629/2026 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 27 de Abril de 2026

REF. EXPTES. Nº 48/2026

Artículo 1º: Créase la “Mesa Local de Abordaje Integral de problemáticas juveniles”, con el objetivo de diseñar, coordinar y monitorear estrategias locales de cuidado y asistencia integral para adolescentes de 12 a 21 años.

Artículo 2º: La Mesa tendrá los siguientes objetivos generales:

  • Accesibilidad: Eliminar las barreras simbólicas y geográficas que dificultan el vínculo entre los jóvenes y los servicios de salud y salud mental. 

  • Abordajes Situados: Promover intervenciones que consideren el contexto social, la historia y las asimetrías de cada adolescente. 

  • Circuitos Alternativos: Construir trayectorias de cuidado que eviten la institucionalización o internación, priorizando el sostenimiento del lazo social y comunitario. 

  • Intersaberes: Incorporar la voz y el saber de los y las adolescentes en el diseño de las políticas públicas que los afectan. 

Artículo 3º:La Mesa estará integrada por representantes de las siguientes áreas y sectores:

?Un representante del área de Juventud (quien ejercerá la coordinación). Si no existiera, la coordinación se elegirá democráticamente en la primera reunión.

?Representantes de las áreas de: Salud, Educación Pública y Privada, Desarrollo Social.

?Representantes del Honorable Concejo Deliberante (Bloques de la mayoría y minoría).

?Representantes de servicios de salud mental.

?Representantes del Servicio Local.

?Representantes de los Centros de Estudiantes del Distrito.

Artículo 4º: Son funciones de la Mesa:

  • Elaborar un diagnóstico actualizado de la situación de las juventudes en el Distrito.

  • La Mesa tendrá la función primordial de redactar y actualizar un Protocolo Local de Intervención en Crisis, que establezca pasos claros para los actores institucionales ante situaciones de riesgo de vida o vulneración grave de derechos.

  • Formalizar redes de trabajo que superen la lógica de la “derivación”y promuevan la responsabilidad compartida ante cada situación. 

  • Elaborar planes de continuidad de cuidados post-egreso de instituciones de salud o protección, integrando a la escuela y los recursos comunitarios del barrio. 

  • Generar registros locales de información para el análisis de situaciones complejas y el diseño de políticas preventivas.

  • Articular con programas provinciales como por ejemplo: “La salud mental la hacemos entre todos y todas”

  • FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN. Establézcase como eje permanente de la Mesa la capacitación continua en:

  • Ley de Salud Mental (Ley N° 26.657): formación para personal municipal y fuerzas de seguridad.

  • Prevención del Suicidio: herramientas de detección para docentes, entrenadores deportivos y referentes barriales.

  • Abordaje de Consumos: estrategias de prevención territorial y acompañamiento.

  • Primeros Auxilios en Salud Mental.

  • Contextualizar documentos provinciales a las necesidades locales.

  • Proponer proyectos de Ordenanza y programas municipales orientados al empleo joven y el arraigo.

  • Diseñar campañas de comunicación pública dirigidas a jóvenes, utilizando lenguajes y canales adecuados, centradas en la desestigmatización de la salud mental y la difusión de las líneas de ayuda disponibles.

  • Establecer un calendario de reuniones ordinarias de carácter mensual.

Artículo 5º:La Mesa podrá convocar activamente para su articulación a:

  • Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS).

  • Equipos de Orientación Escolar (EOE) de las escuelas locales.

  • Clubes deportivos y asociaciones civiles.

  • Cuerpos de Bomberos y Servicios de Emergencia.

  • Centro de formación laboral y talleres de oficio.

  • Programas Socio-Educativos (Provinciales y/o Municipales).

  • Defensa Civil.

  • Representantes de las áreas de Deporte y Cultura.

  • Representantes del Patronato de Liberados.

?Representantes de organizaciones de la sociedad civil. (Representante de la LVF, Representante Cultural, Representantes de la Iglesia Católica e Iglesia Evangélica).

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

Mesa de Entrada

Buscar

Legislación Municipal

Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo  -  Buenos Aires  -  Argentina   -   Celular: 2345 - 658762  -  Email: hcd25@yahoo.com.ar                            Producido por Karma Web