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Resolución Nº 15/2024 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 08 de Julio de 2024

REF. EXPTES. Nº 94/2024

Artículo 1º:Encomiéndese al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios a fin de implementar medidas divulgativas y de protección del patrimonio arqueológico, objetivo plasmado en la Ley Nacional Nº 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, en referencia al enfrentamiento bélico acontecidoen la Batalla de “La Verde”.

Artículo 2º:Sugiérase establecer como objetivo primordial la difusión del paisaje monumental de guerra en el sitio de la Batalla de “La Verde”, a través de charlas informativas, proyección de videos, participación comunitaria “en campo” sobre el trabajo arqueológico, a fin de comprender y valorar la historia, la materialidad y los imaginarios espaciales construidos por las comunidades locales actuales.

Artículo 3º:Solicítese desarrollar programas educativos y de difusión para dar a conocer la historia y el patrimonio cultural del sitio, con especial énfasis en la transmisión de conocimientos a las generaciones más jóvenes y a los residentes de Veinticinco de Mayo, tanto en planta urbana como en el interior del Distrito.

Artículo 4º:Foméntese la participación activa de la comunidad local en la conservación y difusión de su patrimonio histórico, promoviendo iniciativas comunitarias y eventos conmemorativos, exhibición de materiales arqueológicos y demás actividades que se evalúen necesarias para tal fin.

Artículo 5º:Establézcase las pautas pertinentes para una restitución de materiales arqueológicos para ser mostrados en museos y otros lugares adecuados, llevando adelante una articulación institucional, municipal, vecinal y científica.

Artículo 6º:Promuévase acuerdos y convenios de cooperación interinstitucional entre organismos gubernamentales, universidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la protección del patrimonio histórico y arqueológico.

Artículo 7º:Estímese la necesidad de un trabajo colaborativo de las distintas jurisdicciones estatales, a nivel municipal, provincial y nacional, para la protección y preservación del sitio de la Batalla de “La Verde”.

Artículo 8º:Evalúese la posibilidad de designar una comisión interdisciplinaria encargada de supervisar y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente proyecto de Resolución.

Artículo 9º:Solicítese al Departamento Ejecutivo que el día 26 de Noviembre de 2024 se conmemore los 150 años de la Batalla de “La Verde”.

Artículo 10º:Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.

Artículo 11º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

VISTO:

Al cumplirse 150 años de la Batalla de “La Verde” enfrentamiento armado librado el 26 de noviembre de 1874, en las inmediaciones de la Localidad de Del Valle, Distrito de 25 de Mayo, y la importancia de reconstruir y preservar la historia del paisaje monumental de guerra y sus transformaciones a lo largo del tiempo, así como comprender el papel de la materialidad y los imaginarios espaciales construidos por las comunidades locales actuales.

 

CONSIDERANDO:

Que este evento bélico se produjo un 26 de noviembre de 1874 en la región conocida como la llanura pampeana, en el marco de la denominada Revolución Mitrista;

Que esta revolución se originó a raíz del resultado de la elección presidencial del 12 de abril de 1874, en la que se impuso Nicolás Avellaneda como sucesor de Domingo Faustino Sarmiento;

Que esta batalla aconteció en las inmediaciones de la Estancia “La Verde”, específicamente en el actual campo de la Cricra (35º49’57,95” Lat S, 60º43’19,21” Long O), Partido de 25 de Mayo, a 7 kilómetros de la Localidad de Del Valle Partido de 25 de Mayo;

Que el sitio en la actualidad tiene como identificación un monolito conmemorativo de la Batalla. El actual monumento fue puesto por sobre un monumento anterior en 1974 por el centenario de la Batalla, y lleva la siguiente inscripción “COMBATE LA VERDE. 26 DE NOVIEMBRE DE 1874. TENIENTE CORONEL ARIAS CONTRA FUERZAS REVOLUCIONARIAS DEL GENERAL MITRE MANDADAS POR EL CORONEL BORGES. VENCIÓ EL TENIENTE CORONEL ARIAS Y MUERE EN COMBATE EL CORONEL BORGES”;

Que en este episodio se enfrentaron las fuerzas gubernamentales de la Nación Argentina que respondían al Presidente Domingo Faustino Sarmiento, al mando del Teniente Coronel Inocencio Arias y las fuerzas revolucionarias “Constitucionalistas” al mando de Bartolomé Mitre. El enfrentamiento fue encarnizado, la infantería de Arias realizó fuego continuo en varias hileras (de pié y de rodillas), éste contaba con 800 efectivos armados en sumatoria de modernos fusiles y carabinas de retrocarga de marca Remington, frente a 5000 soldados Mitristas. Tras tres horas de luchas, se calcularon entre 300 y 400 víctimas entre muertos y heridos, el combate favoreció a las fuerzas de Arias, retirándose las tropas revolucionarias;

Que los soldados fallecidos fueron enterrados en el lugar pero los registros históricos no dan mayor precisión que esa, lo cual hallar una fosa de guerra en territorio argentino sería algo nuevo para la arqueología argentina;

Que la valoración de este suceso tiene implicancia superlativa en el proceso de conformación del estado nacional proceso que se consolidó después de este combate, por lo que su estudio arqueológico y documental trasciende su importancia local y regional, y lo encumbra a la par de otros acontecimientos que se transformaron en hitos de estudio y visita obligada para entender la historia nacional para mantener su memoria y recuerdo.

Que este terreno en donde aconteció dicha Batalla es objeto de estudio de un equipo multidisciplinario de arqueólogos/as antropólogos, geógrafos e historiadores entre otros que buscan rastros de combates pasados, en donde el continuo estudio científico logra descifrar y rescatar detalles ignorados en estos enfrentamientos;

Que desde el año 2008 llega a 25 de Mayo (Del Valle) un equipo prestigioso de arqueólogos/as del Grupo de Estudio de Arqueología Histórica de Frontera (GEAHF – CONICET) -a hacer un reconocimiento del lugar, continuando la labor todos estos años hasta la actualidad, realizando observaciones a través de prospecciones, excavaciones, registro fotogramétricos, teledetección y geofísica, entre otros;

Que los resultados de dichos análisis están permitiendo reconstruir la historia del paisaje monumental de guerra y sus cambios, así como comprender el rol jugado por la materialidad y los imaginarios espaciales construidos por las comunidades locales actuales.

Que la conmemoración de una Batalla es uno de los grandes objetivos del accionar de emprendedores de la memoria que quieren dejar asentado en un espacio su visión del hecho, así como su eterno recuerdo buscando dejar una memoria espacial imponiendo marcas materiales;

Que se posibilitó la demarcación de zonas de potencialidad arqueológicas a partir de los hallazgos superficiales (proyectiles de plomo y botones militares entre otros) efectuados por habitantes del lugar;

Que uno de los objetivos de esta campaña fue hacer una protección de geofísica mediante un georadar en el sitio donde sucedió esta Batalla, detectar anomalías que se escondían con estructuras de ocupación por ejemplo un polvorín, unas barracas o fosas;

Que los campos de batalla constituyen casos de extrema particularidad para la arqueología, dado que se trata de eventos de una escala temporal de corta duración, en este caso particular el estudio arqueológico sobre la Batalla “La Verde” ha generado nuevas líneas de conocimiento en torno a un evento considerado menor por la Historia;

Que existen memorias de este suceso en muchos vecinos de la zona, que han sido transmitidas de generación en generación;

Que es necesario valorar la historia a través de las memorias colectivas y del paisaje monumental, apreciando la memoria del pueblo delvallense, transmitidas de generación en generación, y poco conocida por el resto de los veinticinqueños;

Que los estudios e investigaciones realizadas tienen como finalidad la difusión y protección del patrimonio perteneciente a toda la comunidad y protegida por Ley Provincial N° 10.419/86;

Que los años de estudio se han materializado en artículos académicos publicados y presentados a nivel nacional e internacional generando así un conocimiento del hecho acorde a su trascendencia en el devenir nacional, pero sin correlación en la relevancia otorgada hasta el momento en el ámbito local. Asimismo, las campañas arqueológicas han dado lugar al rescate y conservación de elementos de la Batalla que, conforme a la legislación vigente, pertenecen al patrimonio histórico local. Dichos objetos están debidamente conservados e inventariados y es voluntad del GEAHF restituir al Municipio de 25 de Mayo;

Que el conocimiento del pasado nacional y local contribuyen a forjar la identidad de los pueblos como piedra fundamental para crear condiciones de futuro;

Que es imprescindible el compromiso e intervención de las distintas jurisdicciones estatales tanto a nivel municipal, provincial y nacional para rescatar del olvido sucesos trascendentales que hacen a la historia de nuestro país;

Que es voluntad de este cuerpo colegiado ocuparnos de sucesos y hechos históricos locales, que hacen conocer el pasado para entender el presente y edificar un tiempo venidero mejor, aprendiendo del “ayer” y evitar cometer los mismos errores.

 

 

 

 

 

 

 

Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

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