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Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 22 de Junio de 2026
REF. EXPTES. Nº 80/2026
Artículo 1º: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, proceda a informar de manera urgente a este Honorable Concejo Deliberante, sobre la implementación del Programa MESA, en el corriente año, en las Escuelas del Distrito de 25 de Mayo.
Artículo 2º: Solicitar al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que informe de manera urgente:
a) Cantidad de beneficiarios del Programa MESA alcanzados en el Distrito de 25 de Mayo.
b) Cantidad de módulos alimentarios mensuales que dejarían de entregarse durante el plazo de suspensión.
c) Establecimientos educativos del Distrito comprendidos por la medida.
d) Mecanismo previsto para garantizar la continuidad de la asistencia alimentaria durante los noventa días de suspensión.
e) Partidas presupuestarias afectadas, reasignadas o reducidas como consecuencia de la medida.
f) Criterios técnicos, nutricionales y sociales utilizados para justificar la suspensión.
g) Fecha y condiciones previstas para la eventual restitución del programa.
Artículo 3º: Exigir al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires la inmediata restitución de los recursos necesarios para garantizar el pleno funcionamiento de ambos programas, asegurando su alcance y calidad.
Artículo 4º: Reafirmar que la responsabilidad fiscal, el equilibrio de las cuentas públicas y la eficiencia del Estado constituyen principios esenciales para una gestión seria y sustentable, pero que tales principios deben aplicarse mediante auditorías, eliminación de gastos improductivos, transparencia presupuestaria y priorización de las prestaciones esenciales, evitando que la mala administración provincial recaiga sobre los sectores más vulnerables.
Artículo 5º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, por las áreas correspondientes, releve e informe a este Honorable Cuerpo el posible impacto de la suspensión del Programa MESA en establecimientos educativos, familias y estudiantes del Distrito de 25 de Mayo.
Artículo 6º: Comuníquese al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, a la Dirección General de Cultura y Educación, al Consejo Escolar de 25 de Mayo, al Departamento Ejecutivo Municipal y a quienes corresponda.
Artículo 7º: Comuníquese, regístrese y publíquese.
Josefina Biscione
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Javier De Marcos
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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