Artículo 1°: Desígnase con el nombre de "Boulevard Agustín A. Grau" a la calle 27 de esta ciudad en su prolongación desde la calle 1 hasta la Laguna Mulitas. Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo procederá a la plantación de árboles y embellecimiento en general de la citada calle. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°: Dada y firmada en la sala de sesiones de Honorable Concejo Deliberante a 10 de julio de 1927
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