0128/1928
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1928-11-18
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Artículo 1°: Aplíanse los términos de la ordenanza N° 66 sobre "Chapas Oficiales" las que en adelante serán entregadas también a los señores concejales y al señor Juez de Paz del partido para sus automóviles particulares, en el ejercicio de sus funciones Artículo 2°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán al inciso 15, ítem 2° del presupuesto en vigencia. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°. Dada y firmada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 18 de noviembre de 1928.
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