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Ordenanza Nº 0212/1933 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo Firma
0212/1933
1
1933-10-15
Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo dispondrá lo pertinente para que a la brevedad se proceda al refuerzo, ampliación y modificación de la red de alumbrado eléctrico en la calle 27 de la 5° la laguna "Mulitas" de conformidad con la propuesta formulada en nota N° 20.229 de fecha 8 de septiembre de 1933, por la compañía arrendante de la Usina local de modo que en la mencionada calle y desde la 5 a la 1 se pueden colocar cinco focos, de 300 W y en la prolongación hasta la laguna y parque se puedan colocar trece o más focos de igual potencia.
Artículo 2°: Para el cumplimiento de la presente Ordenanza el Departamento Ejecutivo podrá invertir hasta la suma de siete mil pesos m/nac., que la Compañía Americana arrendataria de la Usina tomará a su cargo y cargará a la cuenta Capital que mantiene con la Municipalidad.
Artículo 3°: La Municipalidad sólo hará el servicio público de alumbrado en la calle 27 desde la cinco a la uno, corriendo por cuenta exclusiva de la Comisión de Fomento de la Laguna Mulitas, el gasto que representa la iluminación desde la mencionada calle uno hasta el parque de la Laguna o donde lo creyera conveniente.
Artículo 4°: A los efectos de percibir el importe de la retribución del servicio de alumbrado público de las propiedades de la calle 27 desde la cinco hasta la uno el Departamento Ejecutivo sólo cobrará la tarifa que corresponda al alumbrado por lámparas de cincuenta bujías a los terrenos deedificados y a los baldíos en condiciones de explotación quedando excluídos de toda retribución los terrenos anegadizos mientras conserven su condición de tales.
Artículo 5°: La Municipalidad se hará cargo del saldo deudor que resulte entre lo que perciba de acuerdo con el artículo que antecede y lo que deba abonarse a la compañía concesionaria por el servicio de alumbrado público, lo que abonará mensualmente con imputación al inciso 13, ítem 1° del presupuesto general de gastos.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada y firmada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a 15 días del mes de octubre del año 1933.
 

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