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Ordenanza Nº 0466/1949 Imprimir Correo electrónico

Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
0466/1949
1
1949-04-23

Artículo 1°: facúltase al Departamento Ejecutivo para percibir sin multa hasta el día 31 de Mayo del corriente año, los distintos impuestos Municipales atrasados y del corriente año, previo pago de los gastos causídicos, que se hubieren ocasionado en las casas que medie acción judicial.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Artículo 3°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas, del Honorable Concejo Deliberante, a veintitrés días del mes de Abril del 1949.
Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Presidente
 

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