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Artículo 1°: Desígnase a la Plaza Pública de la localidad de Pedernales de éste Partido, con el nombre de "General José de San Martín". Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que directamente o por medio de una comisión popular, se encargue de la organización de la ceremonia de homenaje. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°:<7b> Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo deliberante a cinco días del mes de febrero del año del Libertador General San Martín (1950)
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Presidente
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