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ARTICULO 1°: Desígnase a la calle 34 de esta Ciudad con el nombre de Carlos Gardel. ARTICULO 2°: Autorízase a la Comisión Directiva de la "Peña del Tango" local para que porceda a la colocación de una placa, deberá ser aprobada por el Departamento Ejecutivo. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CON FECHA 27 DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1963.
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Sin firma.
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