Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
|
ARTICULO 1°: Créase la Oficina de Estadísticas y Censo Municipal de esta CIudad de 25 de Mayo. ARTICULO 2°: Dicha oficina será atendida por personal que actualmente afecta servicio en la Administración Municipal. ARTICULO 3°: Serán funciones específicas de la citada repartición la información veraz y precisa de vehículos en general, números de casas y terrenos baldíos o desocupados, industrias que se hayan implementado en el Partido, materias primas que se utilizan para la elaboración de sus productos, personal que se haya afectado a las mismas, como asimismos todo otro elemento que sea indispensable para el normal desenvolvimiento de la Administración Municipal. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES PUBLICAS DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A 27 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1963.
|
|