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38/2003
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ARTÍCULO 1º) - Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires por el cual las partes acuerdan la cooperación institucional y la prestación de asistencia técnica tendiente a acordar políticas de salud en el Área de Atención Primaria de la salud dentro del ámbito de competencia de esta Municipalidad optimizando el uso de los recursos asignados a tal fin, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como Anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 2º) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
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