Artículo 1º) – Solicitase al Departamento Ejecutivo, que a la brevedad posible realice la convocatoria para la conformación de un Consejo del Salario Municipal.
Artículo 2º) – Serán funciones del mencionado Consejo, abocarse a la recomposición salarial del Empleado Municipal.
Artículo 3º) – El mismo estará integrado por dos representantes del Departamento Ejecutivo, dos representantes gremiales y dos representantes del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º) – Comuníquese al Departamento Ejecutivo.