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Decreto Nº 0003/2004 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
0003/2004
2
2004-07-12
97/2004

ARTÍCULO 1º) - Incorpórese el Artículo 45ºBIS, al Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 45º BIS: Todo asunto sancionado por el Concejo Deliberante Estudiantil de 25 de Mayo, deberá ser presentado por escrito ante la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, dirigido a la Presidencia del H. Cuerpo. El mismo ingresará como proyecto de Ordenanza, de Decreto, de Resolución o de Comunicación, los que serán tratados en la primera Sesión del Concejo posterior a su presentación."
ARTÍCULO 2º) - Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Sergio Tuya - Secretario Legislativo - Hugo Néstor Melián - Presidente
 

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