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Artículo 1°: La zona urbana del pueblo Norberto de la Riestra, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, tendrán sus calles cuyo recorrido queda delimitado dentro de la Circunscrición IV. Sección G, la siguiente nomenclatura, cuyo plano se acompaña: Calles Que Corren de este a Oeste Al Sud de las vías del Ferrocarril Calle 1: entre manzanas 97 y 85, hasta entre 86 y 74 Calle 2: entre manzanas 85 y 73, hasta entre 74 y 62 Calle 3: la que se nombra actualmente: Av. Sargento Cabral, manteniendo la misma denominación. Calle 4: entre parcela IIb, y terreno del Ferrocarril, hasta entre manzanas 61 y 59. Al Norte de las vías del Ferrocarril Calle 5: entre terreno FF.CC. y manzana 58, hsata entre terreno FF.CC. y manzana 48 Calle 6: entre manzanas 58 y 47; hasta entre 48 y 35 Calle 7: entre manzanas 47 y 34, hasta entre 35 y 22 Calle 8: entre manzanas 34 y 21, hasta entre 22 y 9 Calle 9: entre manzanas 21 y 8, hasta entre 14 y 1 Calles Que Corren de Norte a Sud Al sud de las vías del Ferrocarril Calle 10: entre manzanas 97 y 96, hasta entre 73 y 72 Calle 11: entre manzanas 96 y 95, hasta entre 72 y 71 Calle 12: entra manzanas 95 y 94, hasta entre 71 y 70 Calle 13: entre manzanas 94 y 93, hasta entre 70 y 69 Calle 14: entre manzanas 93 y 92, hasta entre 69 y 68 Calle 15: entre manzanas 92 y 91, hasta entre parcela IIb y IIa Calle 16: entre manzanas 91 y 90, hasta entre 67 y 66 Calle 17: entre manzanas 90 y 89, hasta entre 66 y 65 Calle 18: entre manzanas 89 y 88, hasta entre 65 y 64 Calle 19: entre manzanas 88 y 87, hasta entre 64 y 63 Calle 20: entre manzanas 87 y 86, hasta entre 63 y 62 Al norte de las vías del ferocarril Calle 21: entre manzanas 58 y 57, hasta entre 8 y 7 Calle 22: entre manzanas 57 y 56, hasta entre 7 y 6 Calle 23: entre manzanas 56 y 55, hasta entre 6 y 5 Calle 24: entre manzanas 55 y 54, hasta entre 5 y 4 Calle 25: entre manzanas 54 y 53, hasta entre 4 y 3 Calle 26: entre manzanas 53 y 52, hasta entre 3 y 2 Calle 27: entre manzanas 52 y 51, hasta entre 2 y 1 Calle 28: Plaza Independencia y manzana 39 entre 14 y 13 Calle 29: Manzanas 50 y 50, hasta entre 13 y 12 Calle 30: entre manzanas 50 y 49, hasta entre 12 y 11 Calle 31: entre manzanas 49 y 49, hasta entre 11 y 10 Calle 32: Parcela IIa y manzana 61, hasta entre manzanas 10 y 9 Calle 33: Parcela III y II b, hasta entre parcela I y manzana 54 Pasaje Independencia: la calle que corre entre las manzanas 50 y 51 Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a invertir hasta la suma de $ 2.000.- para la adquisición de chapas numeradas para individualizar las calles, facultándose a este Departamento a situarlas en los lugares más convenientes para sus efectos. Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo reglamentará las obligaciones a que deberán ajustarse los propietarios de las fincas situadas dentro de esta nomenclatura, para la numeración de las mismas. Artículo 4°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a Gastos Generales del presupuesto en vigencia. Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, etc, etc. Artículo 6°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo, a los dieciséis días del mes de julio de 1949.
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Presidente
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